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La Carta Constitutiva y respectivo Reglamento que regirán los destinos de la OLACEFS en los próximos años se han elaborado a partir del esfuerzo de la Asamblea General, el Consejo Directivo, el Comité Especial de Revisión de la Carta Constitutiva y Reglamentos (CER) y la Secretaría General de la Organización Regional.

Su construcción jurídica responde al modelo organizativo aprobado por la XI Asamblea General (Panamá, agosto 2001), la cual mediante Resoluciones N° 15-2001-AG y 16-2001-AG delegó en el Consejo Directivo la facultad de modificar la Carta Constitutiva y su Reglamento con base a los lineamientos siguientes:

a) Sede de la OLACEFS por un período de seis años, con posibilidad de renovación por cuatro años más.
b) Presidencia elegida por dos años, sin posibilidad de reelección.
c) Secretaría Ejecutiva a cargo de la Entidad Fiscalizadora Superior del país sede de la Organización Regional.
d) Creación y regulación de comisiones especiales, estableciendo su organización y funcionamiento.

A partir de tales mandatos, el Comité Especial de Revisión de la Carta Constitutiva y Reglamentos (CER) desarrolló una propuesta conceptual que respondiera a los criterios de organización planteados, elaborando, asimismo, sendos proyectos de modificación normativa, labor que fue culminada en la VIII reunión del CER realizada en Lima en marzo de 2002. Dichos productos fueron a su vez puestos a consideración del XXV Consejo Directivo de la OLACEFS (Costa Rica, marzo 2002).

El XXV Consejo Directivo, conciente de la importancia del encargo recibido de la XI Asamblea General, dio por culminadas las tareas del Comité en este tema, entendiendo que era imprescindible abocarse como órgano al análisis exhaustivo de las propuestas del CER, para llevar la nueva Carta Constitutiva y Reglamento a la XII Asamblea General. Es así como, el Consejo asumió la regulación del nuevo modelo de organización que diera viabilidad a una dinámica interna distinta en la OLACEFS, con vistas al cumplimiento de su misión institucional.

En efecto, entre marzo y julio de 2002, el Consejo Directivo mantuvo permanente contacto dedicando sus mayores empeños a deliberar y resolver sobre las diversas aristas del modelo y desarrollo s normativos propuestos; por lo que, durante su XXVI reunión realizada en Chile en julio de ese mismo año y mediante Acuerdo N° 377/07/2002, aprobó el reforma normativa de la Carta Constitutiva de la Organización Regional.

Por su parte, el XXVII Consejo Directivo (México, septiembre 2002) con Acuerdo 392/09/2002 sancionó el Reglamento de la Carta Constitutiva de la OLACEFS, también en uso de las facultades delegadas.
Posteriomente, el Consejo Directivo dio cuenta a la XII Asamblea General (Mexico, septiembre 2002) acerca de los cambios normativos conforme a las disposiciones recibidas en Panamá el año anterior. La Asamblea incorporó los artículos 19° y 20° en el Reglamento de Carta Constitutiva relativos a la regulación de la votación secreta para la elección de autoridades de la OLACEFS.

El nuevo ordenamiento jurídico se sustenta en la descentralización de actividades, la mayor participación de los miembros y el compromiso de todos, como factores fundamentales para el despliegue exitoso de los objetivos y estrategias de la OLACEFS.

Si bien este régimen mantiene las ya tradicionales funciones de la Asamblea General y el Consejo Directivo, institucionaliza la labor de las Comisiones y los Comités como órganos esenciales hacia la descentralización del funcionamiento de la OLACEFS; por su parte, la Secretaría Ejecutiva debe cumplir un papel ineludible como ente articulador de las funciones entre los diversos estamentos, reservando para la Presidencia un rol orientador y facilitador de la gestión.

Confiamos que la legislación aprobada sirva de útil herramienta para el fortalecimiento de la gestión de la OLACEFS, propiciando que su desempeño sea cada más dinámico, participativo y descentralizado, en la seguridad que el progreso de nuestra Organización Regional depende no sólo de sus órganos, sino principalmente del compromiso y trabajo de sus miembros. Lima, diciembre de 2002.